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¿Perdiste o tienes las placas de tu vehículo deterioradas? Conoce aquí como hacer la solicitud de nuevas placas. Las placas de cualquier automotor corresponden a la identificación única de estos, cuentan con un código de número y letras diferentes entre sí.
En el Ecuador es obligatorio que cualquier carro o moto cuente con sus respectivas placas, así mismo, el contenido de estas debe notarse de forma clara, caso contrario el dueño del vehículo puede ser multado. Por esta razón, dentro de este artículo se detallarán los pasos, y requisitos para solicitar nuevas placas.
Solicitud de nuevas placas
Solicitud de Nuevas Placas (Vehículos)
La solicitud de nuevas placas se puede realizar por dos razones principales: Pérdida o robo y Deterioro parcial o total. A continuación se detallan los requisitos para cada caso, así mismo estará disponible el respectivo formado de solicitud de asignación de placas nuevas.
Pérdida o robo
En caso de pérdida o robo de una o las dos placas de identificación vehicular, el propietario deberá obtener nuevas placas en la Unidad Administrativa Provincial o GAD correspondiente. Conjuntamente con una nueva especie de matrícula, previa la presentación de los siguientes requisitos:
- Originales y copias de los siguientes documentos:
- Cédula de identidad del propietario del vehículo o representante legal
- Certificado de votación vigente
- Denuncia por la pérdida o robo de las placas, presentada ante la autoridad competente
- Certificado de la publicación de prensa en la que se señale la pérdida, robo o hurto de la o las placas
- Matrícula vigente
- De ser el caso; carta de autorización del Jefe de Servicios Generales de la institución o de quien haga sus veces, emitido a nombre de la persona que realiza el trámite, para vehículos estatales o diplomáticos.
- Poder especial, en caso de trámite por tercera persona, para vehículos públicos o particulares.
- Finalmente, realizar el pago de todas las obligaciones que a la fecha de la solicitud de la nueva placa, se encontraren pendientes ante la ANT.
La nueva placa será emitida a través del sistema de la Agencia Nacional de Tránsito, la misma que mantendrá obligatoriamente la letra inicial y el último dígito de la placa original.
Deterioro parcial o total
En caso de deterioro parcial o total de una o las dos placas de identificación vehicular, el propietario está obligado a obtener los respectivos duplicados ante las Unidades Provinciales de la ANT y GAD’s correspondientes. Para ello deberá presentar de forma obligatoria los siguientes requisitos:
- Original y copia de los siguientes documentos:
- Cédula de identidad del propietario del vehículo o representante legal en caso de ser de una persona jurídica
- Certificado de votación vigente
- Matrícula vigente
- Ambas placas deterioradas
- De ser el caso, presentar carta de autorización del Jefe de Servicios Generales de la institución o de quien haga sus veces, emitido a nombre de la persona que realiza el trámite, para vehículos estatales o diplomáticos.
- Poder especial, en caso de trámite por tercera persona, para vehículos públicos o particulares.
- Por último, realizar el pago de todas las obligaciones que a la fecha de la solicitud de duplicado de placa, se encontraren pendientes ante la ANT.
Respecto al valor de las nuevas placas, es de $23,00 de acuerdo con el Tarifario Vigente el cual se mantiene para ambos casos.
Solicitud de Nuevas Placas (Motocicletas)
En caso de pérdida, robo o deterioro de la placa de motocicleta se procederá a asignar una nueva placa con una nueva especie de matrícula. La nueva placa mantendrá obligatoriamente el último dígito de la placa original.
Los requisitos para este trámite son:
- Original y copia de los siguientes documentos:
- Cédula de identidad del propietario del vehículo o representante legal
- Certificado de votación vigente
- Denuncia presentada ante la autoridad competente
- De ser el caso, publicación la prensa en el que señale la pérdida, robo o hurto de la placa
- Matrícula vigente
- Carta de autorización del Jefe de Servicios Generales de la institución o de quien haga sus veces, emitido a nombre de la persona que realiza el trámite, para motocicletas estatales o diplomáticas.
- Poder especial, en caso de trámite por tercera persona, para motocicletas públicas o particulares.
Fuente:
Agencia Nacional de Tránsito: Placas. Disponible en: http://www.ant.gob.ec/?page_id=4986