Permiso Laboral por Paternidad en Ecuador

Tiempo de lectura estimado: 4 minutos

Los Padres cumplen un papel fundamental durante los primeros días de un recién nacido, conoce aquí como obtener el permiso laboral por paternidad en Ecuador. Con la llegada de un recién nacido, tanto madre como padre, necesitan algunos días que les permitan adaptarse a su nueva vida.

Si bien es cierto, todas las mujeres tienen derecho a una licencia con remuneración de 12 semanas por el nacimiento de su hijo o hija. Esta licencia, suele aumentarse con la lactancia. Los padres aunque con menor cantidad de día también cuentan con una licencia con remuneración, a la cual todos los empleadores estarán dispuestos a seguir.

Estas licencias por remuneración por paternidad, al igual que en el caso de la madre, se encuentran estipuladas en el Código del Trabajo, artículo 152.

Permiso Laboral por Paternidad en Ecuador

A continuación se detallan todos los tipos de permiso laboral por paternidad y los tiempos a los que se puede extender este permiso:

El permiso por paternidad es un derecho de los trabajadores ecuatorianos definido en el Código de Trabajo desde 2009. Sin embargo, aún son comunes las dudas sobre su aplicación práctica.

El abogado Francisco Dávalos Morán, doctor en jurisprudencia, presenta aquí los detalles de la ley y habla sobre las posibilidades de su modificación.

  • El padre tiene derecho a una licencia con remuneración por 10 días por el nacimiento de su hijo o hija, cuando el nacimiento sea por parto normal.
  • En casos de nacimientos múltiples o por cesárea el permiso laboral por paternidad se extiendes por 5 días más. Es decir, el padre cuenta con licencia por un total de 15 días.
  • Por otro lado, en casos de que el hijo o hija haya nacido prematuro o en condiciones de cuidado especial, tendrá una licencia por paternidad con remuneración por 8 días más. Es decir 18 días.
  • Cuando la hija o hijo haya nacido con algún tipo de enfermedad degenerativa, termina o irreversible, o con un grado de discapacidad severa el padre podrá tener una licencia con remuneración por 25 días. En este caso, la licencia se justificará con la presentación de un certificado médico otorgado por un facultativo del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS), o por otro profesional.
  • En caso de fallecimiento de la madre durante el parte o mientras goza de la licencia por maternidad, el padre podrá hacer uso de la totalidad, o en su caso, de la parte que reste del período de licencia que le hubiere correspondido a la madre si no hubiese fallecido.

Qué define la ley sobre el permiso por paternidad

La legislación ecuatoriana establece que el permiso por paternidad tiene una duración de diez días, con remuneración normal, en los casos de nacimiento por parto normal. En caso de cesárea o mellizos el periodo se extiende por cinco días más.

En casos especiales, el tiempo en que el padre puede mantenerse alejado del trabajo, sin perder el salario, puede aumentar. Cuando el niño nace prematuro o requiere de condiciones especiales de cuidado, por ejemplo, se añaden ocho días más a la licencia. Ya en casos de enfermedad degenerativa, terminal o irreversible, el plazo remunerado puede llegar hasta 25 días.

“Si la madre fallece durante el parto o mientras goza de la licencia por maternidad (que para ella son doce semanas), el padre podrá hacer uso de la totalidad, o de la parte que reste del período de licencia que le hubiere correspondido a la madre”, detalla Morán.

Fuente:

Código de Trabajo. Disponible en: https://www.trabajo.gob.ec/wp-content/uploads/downloads/2012/11/