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¿Eres afiliado al IESS? Conoce aquí como solicitar la extensión del Seguro Social para cónyuges, convivientes o hijos menores de 18 años. Hace ya un par de años, el Instituto Ecuador de Seguridad Social – IESS, puso a disposición de sus usuarios la extensión de su seguro social. Esto con el fin de que más personas cuenten con acceso al servicio de salud de forma gratuita, teniendo derecho a:
- Fomento y promoción de la salud
- Prevención, diagnóstico y tratamiento de enfermedades
- Recuperación y rehabilitación de la salud individual
- La cobertura por maternidad incluye la protección durante el embarazo, el parto y el posparto, siempre y cuando se hayan realizado 12 aportaciones consecutivas e ininterrumpidas antes del nacimiento del bebé.
- Fármacos
Nota: Esta cobertura no abarca subsidios monetarios por enfermedad y maternidad, ni riesgos laborales.
Es importante aclara que pueden aplicar a este servicio tanto afiliados como jubilados a través de la página web del IESS. Este trámite se puede realizar totalmente en línea , las 24 horas del día, los 7 días de la semana, sin cancelar ningún valor adicional.
¿Cómo aplicar a la Extensión de Seguro Social?
1. Registro del dependiente
En caso de no estar registrado, seguir los siguientes pasos:
El primer paso para acceder a este beneficio es inscribir al cónyuge o conviviente como dependiente, lo cual puede realizarse de manera online siguiendo estos pasos:
- Acceda al portal www.iess.gob.ec y seleccione la opción Trámites virtuales: Afiliado. En el caso de ser pensionista, también debe elegir la opción Afiliado para iniciar el trámite.
- Diríjase a la sección de Historia Laboral e ingrese su número de cédula y clave. Aparecerá un menú, donde deberá seleccionar la opción Información y luego el Registro de Dependiente(s).
- Opte por la alternativa de Agregar dependiente y complete los datos requeridos por el sistema. En caso de que el dependiente ya esté registrado, evite duplicar la inscripción.
2. Pasos solicitud de cobertura
A continuación se detallan los pasos a seguir para aplicar a la extensión del Seguro Social:
- En primer lugar, ingresar a la página web del IESS con el siguiente enlace – https://www.iess.gob.ec/
- Colocar el mouse sobre Afiliados y dar clic sobre Servicios en Línea. También puede acceder dando clic directamente en la imagen que se encuentra a continuación
- Iniciar sesión en el Sistema de Afiliados
- Después, seleccionar la opción Extensión de Cobertura de Salud
- Se desplegarán una serie de opciones, dar clic sobre la primera de ellas Solicitud de Extensión de Salud
- Por último, completar los datos solicitados y dar clic sobre Actualizar y Continuar
3. Descuento de aportes
Después de que se aprueba la solicitud, el IESS realiza el descuento de la prima al afiliado o jubilado. Para obtener la cobertura de salud, el cónyuge debe esperar tres meses de aportes consecutivos. En el caso de maternidad, se requieren 12 meses de aportes consecutivos e ininterrumpidos. Solo en situaciones de emergencia, el cónyuge o conviviente tiene derecho a recibir atención médica desde el día en que se aprueba la solicitud.
¿Quiénes pueden acceder?
- El cónyuge o conviviente con derecho del afiliado con el aporte del 3.41% del salario de
aportación, registrado mensualmente en el sistema de historia laboral del IESS. - Los hijos de los afiliados menores de 18 años no aportan para la prestación de salud. • El cónyuge o conviviente con derecho de los pensionistas de invalidez y vejez del Seguro General, de incapacidad permanente o absoluta del Seguro de Riesgos del Trabajo con el aporte del 4.15% de la pensión o Renta.
- Los hijos menores de 18 años de los pensionistas de invalidez y vejez del Seguro General y pensionistas del Seguro de Riesgos del Trabajo, con el aporte del 3.41% de la pensión o renta mensual.
Requisitos
Para asegurar al cónyuge o conviviente es necesario registrar a la pareja en los Centros de Atención Universal y cumplir con algunos requisitos:
- Cédula de ciudadanía del afiliado voluntario, jubilado o pensionista montepío (original y copia).
- Cédula de ciudadanía del cónyuge e hijo menor de 18 años (original y copia).
- Para la pareja: original y copia de la declaración juramentada de estado civil (unión libre).
- Copia de algún servicio básico, ya sea agua, luz o teléfono.
Además el afiliado deberá entregar en el lugar donde labora estos documentos:
- Cédula de identidad propios y de su cónyuge (original y copia).
- Así mismo, es necesaria la original y copia de la declaración juramentada de estado civil (unión libre) del cónyuge.
Aprobada la solicitud se iniciará la recaudación del aporte. Por otro lado, para tener derecho a los servicios y prestaciones de salud, en caso de enfermedad los dependientes deben esperar tres meses de aportes consecutivos. En el caso de maternidad, doce meses de aportes consecutivos e ininterrumpidos. Mientras que, solo en caso de emergencia el cónyuge o conviviente tiene derecho a recibir atención médica, desde el primer día de aprobada la solicitud.
Fuente:
Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social – Asegurados pueden solicitar atención de salud para cónyuges o convivientes. Disponible en: https://www.iess.gob.ec/es/