Nuevas reglas para acceder a Préstamos Quirografarios
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Las Nuevas reglas para acceder a préstamos quirografarios Biess, Banco del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social – Ecuador, conoce las nuevas disposiciones y reglas para solicitar prestamos quirografarios.
Biess, banco del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social, uno de los mayores y más solventes bancos del Ecuador ah creado nuevas reglas en las que se establecen los requisitos para solicitar prestamos quirografarios.
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Reglas para acceder a Préstamos Quirografarios
Reglamento para Préstamos Quirografarios de la ISSFA
La Constitución de la República del Ecuador en su artículo 372, establece la instauración de una entidad financiera de propiedad del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social la cual será responsable de canalizar sus inversiones y administrar los fondos complementarios previsionales BIESS públicos, inversiones privativas y no privativas; y, que su gestión se sujetará a los principios de seguridad, solvencia, eficiencia, rentabilidad y al control del órgano competente.
Desde el viernes 4 de marzo el Banco del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (Biess) MODIFICO el monto, el plazo y los intereses para solicitar los prestamos quirografarios IESS.
La cantidad que se recibe del préstamo quirografario depende del sueldo, salario del afiliado; la garantía es el de cesantía y/o reserva. Estos cambios ya constan en la página web del Biess.
¿Qué porcentaje de lo acumulado puede solicitarse en un préstamo quirografario?
El afiliado podrá solicitar como cantidad máximo de su préstamo quirografario hasta el 80% de lo acumulado en sus fondos de reserva y/o cesantía, esto no debe exceder los 80 salarios básicos unificados ($ 29.280 en este año). En años anteriores, lo máximo que se podía solicitar era el 100% de lo acumulado por el solicitante en estas cuentas, con la seguridad que no exceda los 80 salarios.
Plazo máximo de los prestamos quirografarios IESS
El nuevo plazo máximo de los prestamos quirografarios, es de 4 años.
La tasa de interés de los prestamos quirografarios aumento en un 1,23 % es decir que pazo del 9,75 %,una tasa de interés del 11,07 % por años de plazo.
Otro cambio sustentable es que la cuotas mensuales del crédito quirografario IESS no podrá superar el 30 % del salario, en años anteriores esto correspondía al 40 %.
Los cambios efectuados en los PRESTAMOS QUIROGRAFARIOS IESS comenzaron desde este año, y podrás encontrar directamente en la página del https://ph.biess.fin.ec/ph-web/main.jsf
COMUNICADO DEL BIESS
Estimado cliente, para su información el presente aplicativo le permite determinar su cupo máximo de crédito. Recuerde que para iniciar con su trámite, es necesario que se acerque a las oficinas del BIESS con la documentación completa para solicitar prestamos quirografarios del IESS que será requerida, una vez que genere la solicitud al final del mismo.
Ejemplo de las nuevas reglas para solicitar prestamos quirografarios IESS
Si el solicitante del préstamo quirografario tiene $100.000 en los fondos de reserva, cesantía, lo máximo que podría solicitar es $80.000 y no $100.000 como en años anteriores esto sería una de las grandes reformas.
Si el salario es de $2.000 al mes las cuotas del crédito a solicitar no podrán sobrepasar los $600 mensuales.
PREGUNTAS FRECUENTES
¿Cómo se hace una novación de ´restamos quirografarios?
La Novación de prestamos quirografarios IESS se hace al menos 48 horas después de que el empleador te pague las planillas.
¿Cómo saber si puedo hacer un préstamo quirografario?
Debe de revisar los requisito que se encuentran establecidos en la pagina web del BIESS www.biess.fin.ec ademas de saber si cumples con las nuevas reglas antes mencionadas.
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Permiso provisional de conducir para menores
Permiso de conducción que se otorga a las personas menores adultos (mayores a 16 años).
Permiso de Conducción que deberá ser adquirido por una de las Escuelas de Manejos autorizadas. El usuario debe adquirir en la Oficina de Atención al Usuario Norte una Especie Valorada de USD $ 107.00 (Ciento siete 00/100 dólares) esta especie la solicita el Padre, Madre o quien ejerza la Patria Potestad del menor adulto, solicitando al Jefe de Tránsito de la Provincia del Guayas, la autorización respectiva para que el menor adulto pueda conducir vehículos motorizados, de acuerdo al Art. 90 inciso segundo, en concordancia con el Art. 114 de la Ley Orgánica de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial (la especie se la entrega al usuario llena con este formato), la especie valorada será vendida previa la presentación de los siguientes requisitos:
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FUENTES Y CRÉDITOS:
https://www.biess.fin.ec/nuestra-institucion/historia
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