¿Cómo se gestiona el Aporte Patronal al IESS?

Conoce aquí todo sobre el Aporte Patronal al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social – IESS, tanto si eres empleador como empleado. Sin lugar a dudas, todo persona que se encuentra en un trabajo de relación de dependencia, así como quienes lo otorgan deben conocer sobre los pagos deducibles de su salario, uno de ellos el Aporte Patronal.

Este se define como los aportes monetarios que deben realizar los empleadores a la Seguridad Social. Esto con el objetivo que los trabajadores puedan recibir las prestaciones y servicios del IESS, como son:

  • Programas de fomento y protección.
  • Medicina preventiva.
  • Atención médica y odontológica.
  • Maternidad: durante el embarazo, parto y posparto.
  • Exámenes de diagnóstico: laboratorio e Imagenología.
  • Hospitalización, cirugías.
  • Tratamiento de enfermedades.
  • Rehabilitación
  • Tratamiento de enfermedades crónicas degenerativas
  • Tratamiento de enfermedades catastróficas.
  • Subsidio por enfermedad y maternidad.

¿Cómo se gestiona el Aporte Patronal al IESS?

Para el cálculo del aporte de los trabajadores con relación de dependencia, se entiende como materia gravada a todo ingreso regular y susceptible de apreciación pecuniaria percibido por el trabajador, que en ningún caso será inferior a la establecida por el IESS.

Al afiliado voluntario le corresponde entregar un aporte al IESS del 9,45% de su sueldo o salario. Mientras que al empleador, el 11,15% del salario del trabajador. El pago se realiza dentro de los 15 días posteriores al mes que corresponde, caso contrario se cobrará intereses y multas.

Por otro lado, es importante recordar que el empleador está obligado a registrar al trabajador o servidor a través de la página web del IESS mediante el aviso de entrada, desde el primer día de labor, y dentro de los quince días siguientes al inicio de la relación laboral o prestación de servicios, según corresponda.

Una vez esclarecido esto, es importante hablar sobre la responsabilidad patronal, pues en caso de que el empleador no haya pagado el aporte en la fecha máxima, este entrará en mora patronal.

¿Qué es responsabilidad patronal?

Es la sanción económica establecida al empleador moroso cuando por su culpa el IESS no puede conceder a un trabajador o a sus deudos las prestaciones en dinero que son reclamadas y a las que habrían podido tener derecho, o si resultaren disminuidas, responsabilidad que el Instituto hace efectiva mediante la coactiva.

El IESS concede la prestación, en la parte debida a la omisión o culpa del empleador, solamente cuando se haga efectiva la responsabilidad de éste. A menos que el patrono presente garantía satisfactoria para el pago de lo que debe por la respectiva prestación.

Sin embargo, hay algunas prestaciones que el IESS debe conceder aún en caso de Mora Patronal. Esta son las prestaciones por enfermedad, maternidad y auxilio de funerales a todos sus asegurados que cumplen las condiciones establecidas en la Ley y Reglamentos del Seguro Social, aún cuando sus patronos estén en mora.

Fuente:

Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social – IESS – Responsabilidad Patronal. Disponible en: https://www.iess.gob.ec/es/web/empleador/responsabilidad-patronal